Matluc Abogados

Inicio · Derecho administrativo

Compra Ágil

Qué es la Compra Ágil de Mercado Público, qué reglas tiene y cómo pueden participar los proveedores.

¿Qué es la Compra Ágil?

La Compra Ágil es un procedimiento especial de contratación mediante el cual los organismos del Estado, a través del Sistema de Información y Gestión de Compras y Contrataciones del Estado (Mercado Público), adquieren bienes o servicios de manera simple, dinámica, expedita, competitiva, pública y transparente. Está regulada en la Ley N° 19.886, de bases sobre contratos administrativos de suministro y prestación de servicios (artículo 7, letra d, número 1).

Es una de las vías de compra de bajo monto del Estado y se diferencia de la licitación pública en que el organismo solicita cotizaciones por la plataforma en lugar de llamar a una licitación con bases.

Monto y reglas principales

  • Monto: según el texto de la Ley N° 19.886, la Compra Ágil permite adquirir bienes o servicios por un monto igual o inferior a 100 unidades tributarias mensuales (artículo 7). La ley ha sido modificada recientemente y el reglamento y la plataforma pueden aplicar reglas de detalle o transitorias, por lo que conviene confirmar siempre el monto y las condiciones vigentes en Mercado Público.
  • Cotizaciones: el organismo debe solicitar al menos tres cotizaciones a través del sistema (artículo 7).
  • Decisión: si el organismo no selecciona al proveedor que presentó la oferta de menor precio, debe fundamentarlo en la orden de compra (artículo 7).
  • Empresas de menor tamaño y proveedores locales: la Compra Ágil debe realizarse con ellos (artículos 7 y 56).

Quiénes pueden cotizar

La ley establece que el procedimiento se realiza con empresas de menor tamaño y proveedores locales, y que el reglamento fija las condiciones en que opera la plataforma para garantizar esa selección. Solo si el organismo que pidió las cotizaciones no recibe ninguna de una empresa de menor tamaño o proveedor local, puede seleccionar por el mismo medio a un proveedor que no cumpla esas características (artículo 56).

Para contratar con el Estado se exige estar inscrito, con la información actualizada, en el Registro de Proveedores, y cumplir los demás requisitos legales (artículo 4). Quedan excluidos, entre otros, quienes dentro de los dos años anteriores hayan sido condenados por prácticas antisindicales, infracción a derechos fundamentales del trabajador o delitos concursales (artículo 4).

Cómo participar como proveedor: pasos generales

  • Inscríbete y mantén hábil tu cuenta en el Registro de Proveedores del Estado (ChileProveedores), con tus datos y documentos al día.
  • Actualiza tus rubros en tu cuenta de Mercado Público, para que te lleguen oportunidades acordes a lo que ofreces.
  • Revisa la solicitud de cotización: producto o servicio requerido, cantidad, plazo de entrega, lugar y forma de pago.
  • Cotiza dentro del plazo, con tu precio total y las condiciones que ofreces.
  • Si te seleccionan, recibirás una orden de compra y deberás cumplir lo ofertado en las condiciones y plazos acordados.

Los detalles de la plataforma y del reglamento pueden cambiar; consulta el Centro de Ayuda de Mercado Público para el paso a paso actualizado.

Errores frecuentes

  • No estar inscrito o tener el registro inhábil el día que corresponde cotizar.
  • No actualizar los rubros y perderse oportunidades.
  • Cotizar sin revisar plazo de entrega, lugar y condiciones de pago.
  • Ofrecer un precio que no incluye todos los costos asociados (despacho, instalación, impuestos).
  • Aceptar una orden de compra que luego no se puede cumplir.
  • Presentar la cotización fuera de plazo o con documentos incompletos.

Si algo sale mal

La Ley N° 19.886 contempla una reclamación administrativa, a través de la plataforma, contra acciones u omisiones ilegales ocurridas durante un procedimiento de contratación o en la ejecución de un contrato regulados por esta ley, con un plazo de cinco días hábiles (artículo 30 bis). Si aplica en cada caso, y si existe una vía judicial posterior, debe revisarse con los antecedentes específicos.

Cómo podemos ayudarte

Si tienes dudas legales sobre la normativa de compras públicas, las condiciones de una solicitud de cotización, una orden de compra o un reclamo, podemos orientarte. Esta página es solo información general: no reemplaza la revisión de tu caso ni asegura resultados. Atendemos consultas desde Viña del Mar y Valparaíso.

Esta página es informativa y de carácter general; no corresponde a asesoría personalizada. Los montos, requisitos y plazos pueden cambiar y dependen de la ley vigente, del reglamento y de la plataforma.
Preguntas frecuentes

Dudas habituales

¿Hasta qué monto se puede hacer una Compra Ágil?

El texto de la Ley N° 19.886 señala un monto igual o inferior a 100 unidades tributarias mensuales (artículo 7). Como la ley ha sido modificada recientemente, conviene confirmar el monto y las condiciones vigentes en Mercado Público.

¿Cuántas cotizaciones se piden en una Compra Ágil?

La ley exige que el organismo solicite al menos tres cotizaciones a través de la plataforma (artículo 7). Si no elige la oferta de menor precio, debe fundamentarlo en la orden de compra.

¿Cualquier proveedor puede cotizar en una Compra Ágil?

La ley prioriza a las empresas de menor tamaño y a los proveedores locales. Solo si no se recibe ninguna cotización de ese grupo, el organismo puede seleccionar a otro proveedor (artículo 56). Además, hay que estar inscrito y habilitado en el Registro de Proveedores (artículo 4).

¿Qué diferencia hay entre Compra Ágil y licitación pública?

La licitación pública es un procedimiento concursal con bases, al que puede presentar ofertas cualquier persona (artículo 7, letra a). La Compra Ágil es un procedimiento especial de bajo monto, que se hace por cotizaciones solicitadas a través de la plataforma.

¿Puedo reclamar si considero que una Compra Ágil fue irregular?

La ley permite una reclamación administrativa contra acciones u omisiones ilegales durante un procedimiento de contratación, con plazo de cinco días hábiles (artículo 30 bis). Si corresponde en tu caso, conviene consultarlo pronto.

Más información

¿Tienes una consulta?

Cuéntanos tu situación y coordinemos una primera conversación.

WhatsApp